Impuestos sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias
Entidades financieras y todos aquellos sujetos que intervengan en el movimiento de fondos por cuenta y orden de terceros, con las limitaciones previstas en el artículo 1° de la Ley N° 25.413.
Régimen de Información
Presentación del formulario de declaración jurada y disquete conteniendo información relativa a las operaciones de fondos no alcanzados o exentas efectuadas , correspondiente a:
Diciembre/2006, Febrero/2007, Marzo/2007, Abril/2007, Mayo/2007, Junio/2007, Julio/2007, Agosto/2007, Septiembre/2007, Octubre/2007, Noviembre/2007
CUIT terminada en 0,1 - 2,3 - 4,5 - 6,7 - 8,9 días 26 - 27 - 28 - 29 - 30 del mes siguiente
Enero/2007
CUIT terminada en 0,1 - 2,3 - 4,5 - 6,7 - 8,9 días 22 - 23 - 26 - 27 - 28 de Febrero
Régimen de Percepción
Ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, correspondientes al período comprendido entre:
Días 23 al último día de cada mes
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
Días 1 al 7
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
Días 8 al 15
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
Días 16 al 22
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
Presentación del formulario de declaración jurada y disquete conteniendo información relativa a las percepciones efectuadas en el curso de:
Diciembre/2006, Febrero/2007, Marzo/2007, Abril/2007, Mayo/2007, Junio/2007, Julio/2007, Agosto/2007, Septiembre/2007, Octubre/2007, Noviembre/2007
CUIT terminada en 0,1 - 2,3 - 4,5 - 6,7 - 8,9 días 26 - 27 - 28 - 29 - 30 del mes siguiente
Enero/2007
CUIT terminada en 0,1 - 2,3 - 4,5 - 6,7 - 8,9 días 22 - 23 - 26 - 27 - 28 de Febrero