Vencimientos Impositivos

Regímenes nacionales de la seguridad social y obras sociales

Sistema integrado de jubilaciones y pensiones - aportes y contribuciones

Empleadores.

Régimen General

Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en el curso de cada mes calendario (11)
CUIT terminada en 0,1 - 2,3 - 4,5 - 6,7 - 8,9 días 7 - 8 - 9 - 10 - 11 del mes siguiente

S.I.J.P. - Vales alimentarios o cajas de alimentos (Ley N° 24.700)

Empleadores.

Régimen General

Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de las contribuciones del 14% sobre los montos que se abonen a los trabajadores por tales conceptos , por el período devengado en: el curso de cada mes calendario
CUIT terminada en 0,1 - 2,3 - 4,5 - 6,7 - 8,9 días 7 - 8 - 9 - 10 - 11 del mes siguiente

S.I.J.P. - Aseguradoras de riesgos del trabajo (Ley N° 24.557)

Empleadores.

Régimen General

Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso del importe resultante respecto de determinadas prestaciones dinerarias devengadas en: el curso de cada mes calendario
CUIT terminada en 0,1 - 2,3 - 4,5 - 6,7 - 8,9 días 7 - 8 - 9 - 10 - 11 del mes siguiente

Servicio doméstico

Dadores de trabajo y el personal del servicio doméstico.

Régimen Especial

Determinación e Ingreso de los aportes y contribuciones obligatorios correspondiente a cada mes calendario
Todas las CUIT día 10 del mes siguiente

Determinación e Ingreso de los aportes y contribuciones voluntarios correspondiente a cada mes calendario
Todas las CUIT día 15 del mes siguiente

Empresas constructoras, contratistas y/o subcontratistas

Personas físicas o jurídicas, Uniones Transitorias de Empresas y cualquier otra forma de asociación.

Régimen de Retención

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las retenciones practicadas, correspondientes a: (12)
la 2° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
la 1° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período

Servicios de limpieza de inmuebles

Sujetos que contraten o subcontraten servicios de limpieza de inmuebles.

Régimen de Retención

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las retenciones practicadas, correspondientes a: (13)
la 2° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
la 1° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período

Actividad futbolística

Asociación del Fútbol Argentino (A.F.A.).

Régimen de Retención y/o Percepción

Transferencia electrónica de fondos y generación del volante electrónico de pago (VEP) en concepto de percepciones y/o retenciones efectuadas a los clubes de fútbol con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales y al Fondo Solidario de Redistribución , correspondientes a:
la 2° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
la 1° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las retenciones y/o percepciones efectuadas , correspondientes a: (14)
la 2° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
la 1° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período

Personas físicas que ejerzan la actividad de dirección, administración o conducción, de cualquier sociedad comercial o civil

Sociedades comerciales y civiles, regulares y constituidas en el país.

Régimen de Retención

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las retenciones practicadas , correspondientes a:
la 2° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
la 1° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período

Emision de vales alimentarios y/o cajas de alimentos (Ley N° 24.700)

Empresas emisoras de vales alimentarios y/o cajas de alimentos.

Régimen de Información

Presentación del soporte magnético conteniendo la información relativa a la totaldad de los vales alimentarios y/o cajas de alimentos -alcanzados, exceptuados o no alcanzados por el régimen de percepción-, que fueran entregados en el período comprendido entre los días 6 del mes anterior y el 5 del mes en curso
Todas las CUIT hasta el 15° día hábil del mismo mes

Régimen de Percepción

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las percepciones efectuadas en el período comprendido entre los días 6 y 20 del mes en curso
Todas las CUIT día 25 del mismo mes

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las percepciones efectuadas en el período comprendido entre los días 21 del mes anterior y el 5 del mes en curso
Todas las CUIT día 10 del mismo mes

Empresas de servicios eventuales

Empresas usuarias que ocupen trabajadores a través de empresas de servicios eventuales.

Régimen de Retención

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e ingreso de las retenciones practicadas entre el último día del mes anterior a aquel en que opere el vencimiento para la presentación de la declaración jurada del sujeto pasible de la retención y el día anterior a la fecha de dicho vencimiento (15)
Todas las CUIT dentro de los 3 días siguientes, contados a partir de la última fecha indicada

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e ingreso de las retenciones practicadas hasta el penúltimo día del mes
Todas las CUIT dentro de los 3 días de efectuadas las mismas

Beneficiarios que ingresen, reingresen o continuen en actividad (Ley N° 24.241, art. 34)

Trabajadores autónomos que ingresen, reingresen o continúen en actividad.

Régimen General

Determinación e Ingreso de aportes y contribuciones al Régimen Nacional de la Seguridad Social correspondiente a cada mes calendario
CUIT terminada en 0,1 - 2,3 - 4,5 - 6,7 - 8,9 días 3 - 4 - 5 - 6 - 7 del mes siguiente

Sistema integrado de jubilaciones y pensiones - Trabajadores autónomos

Trabajadores autónomos en actividad e inscriptos con anterioridad al 1 de marzo de 2007

Empadronamiento

Transferencia electrónica de datos requeridos por el sistema "Padrón Unico de Contribuyentes" opción "Empadronamiento/Autónomos" año 2007
Todas las CUIT día 15 de Agosto

Trabajadores autónomos.

Régimen General

Determinación e Ingreso de aportes y contribuciones al Régimen Nacional de la Seguridad Social correspondiente a cada mes calendario
CUIT terminada en 0,1 - 2,3 - 4,5 - 6,7 - 8,9 días 3 - 4 - 5 - 6 - 7 del mes siguiente

Servicios de investigación y seguridad

Sujetos que contraten o subcontraten servicios de investigación y seguridad.

Régimen de Retención

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las retenciones practicadas , correspondientes a:
la 2° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
la 1° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período

Administración Central de la Nación, de las Provincias, Municipalidades y de la Ciudad Autónoma de Bs. As. (tesorerías generales, entes autárquicos y descentralizados).

Régimen de Retención

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las retenciones practicadas correspondiente a cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el último día hábil del mes siguiente

Operaciones de ventas de cosas muebles, locaciones de obras, locaciones de cosas y de locaciones o prestaciones de servicios, gravadas por el impuesto al valor agregado

Administración Central de las Provincias, Municipalidades y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluidos sus entes autárquicos y descentralizados.

Régimen de Retención

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las retenciones practicadas correspondiente a cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el último día hábil del mes siguiente

Sujetos obligados a actuar como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado

Régimen de Retención

Presentación del formulario de declaración jurada y disquete e Ingreso de las retenciones practicadas , correspondientes a:
la 2° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período
la 1° quincena de cada mes calendario
Todas las CUIT hasta el 3° día hábil posterior a la finalización del período

  1. Corresponderá efectuar el ingreso del anticipo cuando el importe que se determine sea igual o superior a $ 45.
  2. Corresponderá efectuar el ingreso de anticipos cuando el importe que se determine resulte igual o superior a $ 100.
  3. Corresponderá efectuar el ingreso de anticipos cuando el importe que se determine resulte igual o superior a $ 100.
  4. Corresponderá efectuar el ingreso del anticipo cuando el importe que se determine sea igual o superior a $ 45.
  5. Los responsables deberán presentar el F. 561 cuando la sala se encuentre ubicada en un lugar distinto al del domicilio declarado en los F. 460/F o F. 460/J, según corresponda, así como cuando posea más de 6 (seis) salas exhibidoras.
  6. Corresponderá efectuar el ingreso de anticipos cuando el importe que se determine resulte igual o superior a $ 100.
  7. Corresponderá efectuar el ingreso del anticipo cuando el importe que se determine sea igual o superior a $ 45.
  8. Corresponderá efectuar el ingreso de anticipos cuando el importe que se determine resulte igual o superior a $ 100.
  9. En el caso de los responsables sustitutos no corresponderá efectuar el ingreso cuando el importe del impuesto que se liquide resulte igual o inferior a $ 255,75.
  10. Para el ingreso de los aportes voluntarios se utilizará el Volante de Pago F. 155.
  11. Aquellos empleadores que en un período fiscal no hayan ocupado personal en relación de dependencia quedan obligados a presentar el F. 931 con la leyenda "Sin empleados" consignada por la aplicación y el disquete generados por el sistema. La presentación deberá cumplirse únicamente el primer mes que se verifique la condición descripta.
  12. Los sujetos pasibles de la retención, al momento de determinar los aportes y contribuciones con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social, de conformidad con la R.G. (D.G.I.) N° 3.834, texto sustituido por la R.G. N° 712, imputarán el monto de la retenciones durante el mes que se declare, como pago a cuenta de las contribuciones patronales.
  13. Los sujetos pasibles de la retención, al momento de determinar los aportes y contribuciones con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social, de conformidad con la R.G. (D.G.I.) N° 3.834, texto sustituido por la R.G. N° 712, imputarán el monto de la retenciones durante el mes que se declare, como pago a cuenta de las contribuciones patronales.
  14. Los clubes indicados en el artículo 1°, al momento de determinar los aportes y contribuciones con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social, de conformidad con la R.G. (D.G.I.) N° 3.834, texto sustituido por la R.G. N° 712, imputarán el monto de las retenciones durante el mes que se declare, como pago a cuenta de las contribuciones patronales.
  15. Las empresas eventuales, al momento de determinar los aportes y contribuciones con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social, de conformidad con la R.G. (D.G.I.) N° 3.834, texto sustituido por la R.G. N° 712, imputarán el monto de las retenciones, como pago a cuenta de las contribuciones patronales del período que se declara.

NOTA: Para acceder a la información actualizada puede visitar el sitio web de la AFIP

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